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El Servicio Exterior Mexicano 

es el cuerpo especializado de mujeres y hombres profesionales en la diplomacia que el Estado mexicano ha creado para conducir sus relaciones internacionales de acuerdo a sus intereses y principios de política exterior, entre los cuales destaca la defensa de la integridad y los derechos de las personas de nacionalidad mexicana en el extranjero. 

Foto: El embajador Alfonso García Robles en la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Nueva York, 1974,

Se estableció en 1821

El SEM es el primer servicio civil de carrera en México. Su creación data de 1821 cuando al crearse la Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores se mandató que debería contarse con oficiales de cancillería y diplomáticos. La primera Ley del Servicio Exterior fue promulgada en 1829 por el entonces presidente de la República, Vicente Guerrero. Prácticamente hasta finales del siglo XX se mantuvo como el único servicio civil de carrera del gobierno federal.

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Se compone de dos ramas

El SEM está dividido en dos ramas compuestas por personal de carrera permanente: la diplomática-consular y la técnico-administrativo. Ambas ramas incluyen (octubre 2018) a más de 1100 miembros; hombres y mujeres que prestan servicio en la sede de la Secretaría de Relaciones Exteriores o en alguna de las 156 representaciones con las que cuenta nuestro país en el extranjero (80 Embajadas, 70 Consulados y 6 oficinas de representación ante organismos internacionales). A través de ellos, México mantiene vínculos diplomáticos con 192 Estados, así como con decenas de organismos internacionales de los que forma parte, y presta servicio a los 12 millones de mexicanos que viven en el exterior.

Además del personal de carrera, el SEM incluye al personal temporal y personal asimilado. El primero es designado por acuerdo del Secretario de Relaciones (conforme al artículo 7 de la Ley del SEM) por un periodo máximo de 6 años; estos nombramientos no pueden exceder el 18% del total de las plazas autorizadas para el SEM. El personal asimilado se compone de servidores públicos y agregados, cuyo nombramiento haya sido gestionado por otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal u otra autoridad competente, con cargo a su propio presupuesto (e.g. agregados militares).

Foto: El embajador Jorge Castañeda y Álvarez de la Rosa en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

Nueva York, 1980,

Diplomática-Consular

Técnico-Administrativa

Comprende los siguientes rangos:

I. Embajador;
II. Ministro;
III. Consejero;
IV. Primer Secretario;
V. Segundo Secretario;
VI. Tercer Secretario, y
VII. Agregado Diplomático.

*Los integrantes ingresan por concurso público y ascienden de rango conforme a exámenes de oposición. 

Comprende los siguientes rangos:


I. Coordinador Administrativo;
II. Agregado Administrativo "A";
III. Agregado Administrativo "B";
IV. Agregado Administrativo "C", y
V. Agregado Administrativo "D".

 

*Los requisitos de ingreso son los mismos que la rama Diplomático-Consular, con excepción del requerimiento del grado académico (es suficiente el grado de técnico superior universitario o equivalente y el dominio de un idioma extranjero reconocido como lengua oficial de la ONU).

Personal de Carrera

Personal temporal

Personal asimilado

Servicio exterior mexicano

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Sus funciones

Las funciones del SEM están definidas en el artículo 2o de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, entre las que destacan:

  • Salvaguardar los intereses nacionales ante los Estados extranjeros y en los organismos y reuniones internacionales en los que participe México;

  • Proteger la dignidad y los derechos de los mexicanos en el extranjero;

  • Mantener y fomentar las relaciones entre México y los miembros de la comunidad internacional e intervenir en todos los aspectos de esos vínculos que sean competencia del Estado;

  • Velar y fortalecer el prestigio del país en el exterior;

  • Promover el conocimiento de la cultura nacional en el exterior;

  • Asistir en la inserción económica de México en el mundo;

  • Coordinar las Actividades Diplomáticas del Estado.

Se administra y capacita por

El SEM es administrado por la Dirección General del Servicio Exterior y Recursos Humanos de la Cancillería y su órgano de gobierno es la Comisión de Personal del Servicio Exterior, dependiente de la oficina del Secretario de Relaciones Exteriores. Para apoyar los procesos de selección y capacitación se cuenta con el apoyo del Instituto Matías Romero, la academia diplomática de México.​

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