El Servicio Exterior Mexicano


El Servicio Exterior Mexicano (SEM) es el cuerpo permanente de mujeres y hombres, miembros del personal diplomático del Estado Mexicano, encargado de representarlo en el extranjero, responsable de ejecutar la Política Exterior de México, de conformidad con los principios normativos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(Artículo 1 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano en vigor.)

El SEM es el primer servicio civil de carrera en México, constituído en 1822. Al crearse la entonces Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, se mandató que debería contarse con oficiales de cancillería y diplomáticos para la defensa y promoción de la integridad e intereses del Estado Mexicano y de los derechos de las personas mexicanas allende sus fronteras. La primera Ley del Servicio Exterior fue promulgada en 1829, siendo Presidente de la República Vicente Guerrero. Prácticamente hasta los albores del siglo XXI se mantuvo como el único servicio civil de carrera del gobierno federal.
Una semblanza del Servicio Exterior Mexicano.
El Servicio Exterior Mexicano surgió, al parejo de la creación de la República, en 1822. Su primera misión fue lograr el reconocimiento de las potencias de la época al naciente país que era nuestro México. Tarea nada fácil, pero que supo lograr al incorporar a valiosos funcionarios que se abocaron a la tarea de hacer entender a los imperios europeos que un pueblo tiene el legítimo derecho de ser libre y soberano, y salir de la tutela de una potencia extranjera.
Se compone de dos ramas
El SEM está dividido en dos ramas compuestas por personal permanente de carrera: la Diplomático-Consular y la Técnico-Administrativa. Ambas ramas incluyen (hasta octubre de 2018) a más de 1100 miembros; hombres y mujeres que prestan servicio en la sede de la Secretaría de Relaciones Exteriores, o en alguna de las representaciones con las que cuenta nuestro país en el extranjero (Embajadas, Consulados y oficinas de representación ante organismos internacionales). A través de ellos, México mantiene vínculos diplomáticos con 192 Estados, así como con decenas de organismos internacionales (globales y regionales) de los que forma parte, y presta servicio a los más de 12 millones de mexicanos que viven en el exterior.
Además del personal de carrera, el SEM incluye al personal temporal y personal asimilado. El primero es designado por acuerdo del Secretario de Relaciones (conforme al artículo 7 de la Ley del SEM) por un periodo máximo de 6 años; estos nombramientos no pueden exceder el 18% del total de las plazas autorizadas para el SEM. El personal asimilado se compone de servidores públicos y agregados, cuyo nombramiento haya sido gestionado por otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal u otra autoridad competente, con cargo a su propio presupuesto (e.g. agregados militares).
Diplomática-Consular
Técnico-Administrativa
Comprende los siguientes rangos:
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I. Embajador;
II. Ministro;
III. Consejero;
IV. Primer Secretario;
V. Segundo Secretario;
VI. Tercer Secretario, y
VII. Agregado Diplomático.
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*Los integrantes ingresan por concurso público y ascienden de rango conforme a exámenes de oposición.
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Comprende los siguientes rangos:
I. Coordinador Administrativo;
II. Agregado Administrativo "A";
III. Agregado Administrativo "B";
IV. Agregado Administrativo "C", y
V. Agregado Administrativo "D".
*Los requisitos de ingreso son los mismos que la rama Diplomático-Consular, con excepción del requerimiento del grado académico (es suficiente el grado de técnico superior universitario o equivalente y el dominio de un idioma extranjero reconocido como lengua oficial de la ONU).
Personal de Carrera
Personal temporal
Personal asimilado
Servicio exterior mexicano

Imagen: Asociación de Diplomáticos Escritores vía Google Images
Sus funciones
Las funciones del SEM están definidas en el artículo 2o de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, entre las que destacan:
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Salvaguardar los intereses nacionales ante los Estados extranjeros y en los organismos y reuniones internacionales en los que participe México;
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Proteger la dignidad y los derechos de los mexicanos en el extranjero;
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Mantener y fomentar las relaciones entre México y los miembros de la comunidad internacional e intervenir en todos los aspectos de esos vínculos que sean competencia del Estado;
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Velar y fortalecer el prestigio del país en el exterior;
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Promover el conocimiento de la cultura nacional en el exterior;
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Asistir en la inserción económica de México en el mundo;
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Coordinar las Actividades Diplomáticas del Estado.

El Servicio Exterior Mexicano es administrado y supervisado por la Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos (DGSERH), dependiente de la Unidad de Administración y Finanzas de la SRE. Los asuntos específicos del SEM son vistos por la Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano.
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La capacitación y actualización académica y de habilidades del SEM está a cargo del Instituto "Matías Romero" (IMR) (en la foto), el que publica convocatorias a cursos de capacitación para el Servicio Exterior, y para el personal de la SRE en general, así como oferta académica de otras instituciones, y que se abre al personal del SEM. Igualmente, el IMR coordina y ve lo referente a los procesos de ingreso al SEM y los Concursos de Ascenso del personal SEM en activo.
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